México, DF. Marzo 06.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió 14 juicios para la protección de los derechos políticos electorales promovidos en contra del Comité Directivo Municipal del PAN en Guadalajara, Jalisco.
Con su resolutivo, el máximo tribunal electoral del país destacó la obligación que tienen los partidos políticos de brindar información a los ciudadanos.
En su sesión pública de este viernes, su Sala Superior resolvió los recursos de igual número de ciudadanos que impugnaron la respuesta imprecisa que dio dicho partido a éstos al solicitarle su estatus partidario como militantes activos y adherentes del PAN.
El magistrado Flavio Galván Rivera consideró fundados los agravios al señalar que la información brindada a los militantes no era la solicitada toda vez que "la entrega impresa de los documentos obtenidos en Internet no son la respuesta que se espera a la petición formulada".
A su parecer hubo una violación al derecho de afiliación de los ciudadanos que pidieron información al Partido Acción Nacional en esa entidad.
A su vez, el magistrado Pedro Esteban Penagos López recordó la obligación constitucional que tienen los empleados públicos y funcionarios de responder las solicitudes de información de los ciudadanos.
Ello es igual para los partidos políticos, los cuales "se equiparan a las autoridades para este tipo de obligaciones, puesto que tienen a su cargo hacer efectivo el derecho de afiliación".
A esta postura se sumó el magistrado Constancio Carrasco Daza, quien basó sus argumentos en el derecho de petición el cual dijo "es fundamental en la materia electoral" y en el caso de los demandantes requerían saber su calidad o estatus que tienen en el PAN como afiliados.
En la sesión los magistrados también resolvieron dos juicios más para la protección de los derechos político electorales de los cuales uno lo consideró infundado. (De Las Agencias)
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