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viernes, 19 de septiembre de 2008

Determina SCJN que congresos locales no podrán intervenir en convenios electorales

México, DF. Septiembre 18.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los congresos locales no pueden intervenir en la aprobación de los convenios entre los institutos electorales de los estados y el IFE a fin de organizar comicios.
El pleno del alto tribunal determinó que la facultad que tenían las legislaturas locales para aprobar dichos convenios violaba los principios de autonomía e independencia de los órganos electorales de las entidades federativas para celebrar acuerdos.
Los ministros indicaron que la Constitución no establece la figura de la autorización de parte de los congresos locales para la organización de las elecciones en los estados y esa intromisión transgrede principios resguardados por la Carta Magna.
Al resolver dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Procuraduría General de la República (PGR) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), la SCJN eliminó las disposiciones de las constituciones de Jalisco y Nuevo León, que establecían esa condición.
En los recursos presentados ante el máximo tribunal del país se impugnaban las reformas en materia electoral realizadas por los congresos de los mencionados estados a sus respectivas constituciones políticas. (De Las Agencias)

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