México, DF. Junio 01.- La Auditoría Superior de la Federación (ASF) determinará si hay sanciones, o no, contra directivos del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), por la publicación de propaganda institucional en tiempos de campañas partidistas.
Durante la sesión extraordinaria de hoy, el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) determinó, por ocho votos a favor y uno en contra, que se declare fundado el procedimiento especial sancionador en contra de dicha institución, por lo que deberá notificar la resolución a la ASF para que revise el caso.
En su intervención, el consejero electoral Virgilio Andrade explicó que se "dará vista" a la ASF es porque el Infonavit forma parte de la administración pública paraestatal y así lo define la Ley Federal de Entidades Paraestatales para determinar lo conducente.
"Pero en todo momento sí es fundamental hacer la observación de que en este caso hubo una irregularidad contraria al artículo 41 de la Constitución", apuntó Andrade, ya que se aclaró que el IFE no puede sancionar a esa institución de manera directa.
Lo secundó el consejero electoral Marco Antonio Baños, quien recordó que dicho artículo establece durante el tiempo que comprendan las campañas federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada electoral, deberá suspenderse la difusión en medios de comunicación.
Al comenzar la revisión del tema, la consejera del Poder Legislativo, la diputada del PAN Dora Alicia Martínez, explicó que año con año, el Infonavit tiene la obligación de hacer públicos sus estados financieros, 15 días después de su aprobación.
"Hay una obligación, que quizá no empata con la normatividad electoral, que sí existe y creo que debiera quedar claramente señalado de algún modo, porque al remitirse solamente, en términos generales, pareciera como que de algún modo pudiera prejuzgarse algún tipo de sanción.
""Y yo quisiera que al no tener la atribución este Consejo, que se entendiera de ese modo", abundó la panista.
La afirmación fue secundada por el consejero Marco Gómez, quien subrayó que el Infonavit cumple con una obligación legal.
"Ya que de lo contrario, se generaría otro tipo de responsabilidades, aún más graves, como es la no publicación de resultados, balanza, etcétera".
"Me parecería un exceso que nosotros pretenderíamos sancionar algo que es parte de una obligación legal y fuéramos omisos en entender o en reconocer las definiciones que nosotros nos hemos dado.
"En el dudoso caso que pierda una votación en este punto, presentaría también un voto particular. Realmente no creo que sea necesario en este caso", subrayó Gómez, quien fue el único consejero que votó en contra.
La tesis que prevaleció en ese punto, fue la del consejero Alfredo Figueroa, quien enfatizó que la difusión de resultados, acciones y logros del Infonavit en medios impresos publicada el 27 de mayo, no "es propaganda política, estamos ante propaganda institucional, no estamos en ese debate".
"En período de campañas hay una prohibición expresa para que esto no ocurra y además está institución fue sensible a las peticiones que entidades públicas solicitaron para constituir acuerdos".
Figueroa enfatizó que hubo algunas instituciones que estuvieron en contacto con el IFE para revisar algunos casos excepcionales, pero no lo hicieron las autoridades del Infonavit.
Como último punto de la sesión extraordinaria, el IFE aprobó los Lineamientos para a Reprogramación y la Reposición de los Promocionales y Programas de los Partidos Políticos y Autoridades Electorales en Emisoras de Radio y Televisión, que por cuestiones fortuitas u omisión, no fueron transmitidos con base en las pautas acordadas.
"La transmisión de promocionales omitidos se llevará a cabo a partir de dos modelos: reprogramación a propuesta directa de la permisionaria y reposición como sanción, derivada de las resoluciones del Consejo General del IFE. (De Las Agencias)
Durante la sesión extraordinaria de hoy, el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) determinó, por ocho votos a favor y uno en contra, que se declare fundado el procedimiento especial sancionador en contra de dicha institución, por lo que deberá notificar la resolución a la ASF para que revise el caso.
En su intervención, el consejero electoral Virgilio Andrade explicó que se "dará vista" a la ASF es porque el Infonavit forma parte de la administración pública paraestatal y así lo define la Ley Federal de Entidades Paraestatales para determinar lo conducente.
"Pero en todo momento sí es fundamental hacer la observación de que en este caso hubo una irregularidad contraria al artículo 41 de la Constitución", apuntó Andrade, ya que se aclaró que el IFE no puede sancionar a esa institución de manera directa.
Lo secundó el consejero electoral Marco Antonio Baños, quien recordó que dicho artículo establece durante el tiempo que comprendan las campañas federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada electoral, deberá suspenderse la difusión en medios de comunicación.
Al comenzar la revisión del tema, la consejera del Poder Legislativo, la diputada del PAN Dora Alicia Martínez, explicó que año con año, el Infonavit tiene la obligación de hacer públicos sus estados financieros, 15 días después de su aprobación.
"Hay una obligación, que quizá no empata con la normatividad electoral, que sí existe y creo que debiera quedar claramente señalado de algún modo, porque al remitirse solamente, en términos generales, pareciera como que de algún modo pudiera prejuzgarse algún tipo de sanción.
""Y yo quisiera que al no tener la atribución este Consejo, que se entendiera de ese modo", abundó la panista.
La afirmación fue secundada por el consejero Marco Gómez, quien subrayó que el Infonavit cumple con una obligación legal.
"Ya que de lo contrario, se generaría otro tipo de responsabilidades, aún más graves, como es la no publicación de resultados, balanza, etcétera".
"Me parecería un exceso que nosotros pretenderíamos sancionar algo que es parte de una obligación legal y fuéramos omisos en entender o en reconocer las definiciones que nosotros nos hemos dado.
"En el dudoso caso que pierda una votación en este punto, presentaría también un voto particular. Realmente no creo que sea necesario en este caso", subrayó Gómez, quien fue el único consejero que votó en contra.
La tesis que prevaleció en ese punto, fue la del consejero Alfredo Figueroa, quien enfatizó que la difusión de resultados, acciones y logros del Infonavit en medios impresos publicada el 27 de mayo, no "es propaganda política, estamos ante propaganda institucional, no estamos en ese debate".
"En período de campañas hay una prohibición expresa para que esto no ocurra y además está institución fue sensible a las peticiones que entidades públicas solicitaron para constituir acuerdos".
Figueroa enfatizó que hubo algunas instituciones que estuvieron en contacto con el IFE para revisar algunos casos excepcionales, pero no lo hicieron las autoridades del Infonavit.
Como último punto de la sesión extraordinaria, el IFE aprobó los Lineamientos para a Reprogramación y la Reposición de los Promocionales y Programas de los Partidos Políticos y Autoridades Electorales en Emisoras de Radio y Televisión, que por cuestiones fortuitas u omisión, no fueron transmitidos con base en las pautas acordadas.
"La transmisión de promocionales omitidos se llevará a cabo a partir de dos modelos: reprogramación a propuesta directa de la permisionaria y reposición como sanción, derivada de las resoluciones del Consejo General del IFE. (De Las Agencias)














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